Horarios Comerciales 

¿Qué son?

Los establecimientos comerciales de Andalucía estarán sujetos a alguno de los siguientes regímenes:

  • Régimen general de horarios. El horario en el que los comercios podrán desarrollar su actividad durante los días laborables de la semana será, como máximo, de 90 horas.
  • Régimen de domingos y días festivos. Los domingos y días festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público serán, de doce días en el año 2020, catorce días en el año 2021 y dieciséis días a partir del año 2022.
  • Régimen de libertad horaria. Tendrán plena libertad para determinar los días y horas de apertura al público:

Los establecimientos de venta de pastelería y repostería, pan y platos preparados, elaboración y venta de churros, patatas fritas, frutos secos y dulces, prensa, floristerías y plantas.

Los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta de productos culturales y deportivos ubicados en el interior de museos o establecimientos culturales o deportivos.

La venta de combustibles y carburantes, sin que esta excepción afecte a los establecimientos comerciales anexos a las gasolineras, salvo que se limiten, esencialmente, a la venta de repuestos y otros productos complementarios de la automoción.

Los establecimientos comerciales integrados en instalaciones de prestación de servicios turísticos, dedicados exclusivamente al servicio de las personas usuarias de las mismas.

Las denominadas tiendas de conveniencia.

Los establecimientos instalados en puntos fronterizos, en estaciones y medios de transporte terrestre, marítimo y aéreo, que tengan acceso restringido para los viajeros y los situados dentro de los establecimientos de alojamiento turístico. En el caso de no existir zonas restringidas, la libertad horaria solo se aplicará a un total de quinientos metros cuadrados de superficie útil de exposición y venta al público. Esta superficie será determinada por quien posea la titularidad de los puntos fronterizos, estaciones y medios de transporte o de los establecimientos de alojamiento turístico, excepto en el caso de establecimientos de carácter colectivo, que será determinada por la entidad promotora de los mismos.

Las actividades comerciales efímeras, solo si están directa y exclusivamente vinculadas por el producto comercializado a un evento cultural, deportivo o ferial con el que coincide en el tiempo, independientemente de la modalidad comercial en la que se lleve a cabo.

Los establecimientos situados en las zonas de gran afluencia turística.

Los establecimientos comerciales individuales, que no formen parte de un establecimiento colectivo, y dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a trescientos metros cuadrados, excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pequeña y mediana empresa según la legislación vigente.

 

Apertura domingos y festivos

De acuerdo a lo establecido en el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, el número de domingos y festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público en la Comunidad Autónoma Andaluza será de doce días en el año 2020, siendo los que se recogen a continuación:

  •  5 de enero, domingo.
  •  5 de julio, domingo.
  •  15 de agosto, sábado.
  •  6 de septiembre, domingo.
  •  12 de octubre, lunes.
  •  2 de noviembre, lunes.
  •  29 de noviembre, domingo.
  •  7 de diciembre, lunes.
  •  8 de diciembre, martes.
  •  13 de diciembre, domingo.
  •  20 de diciembre, domingo.
  •  27 de diciembre, domingo.

Se mantienen para el año 2020 las permutas autorizadas mediante Resolución de 17 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Comercio, que son las siguientes:

 
MUNICIPIO Y PROVINCIA FESTIVO SUSTITUIDO FESTIVO SOLICITADO Y AUTORIZADO
GRANADA 6 DE SEPTIEMBRE 2 DE ENERO
PUENTE GENIL 6 DE SEPTIEMBRE 25 DE ABRIL
RINCÓN DE LA VICTORIA 6 DE SEPTIEMBRE 9 DE ABRIL

 

Los domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021 serán los siguientes:

  • 3 de enero, domingo.
  •  1 de marzo, lunes.
  •  1 de abril, jueves.
  •  2 de mayo, domingo.
  •  4 de julio, domingo.
  •  1 de agosto, domingo.
  •  16 de agosto, lunes.
  •  1 de noviembre, lunes.
  •  28 de noviembre, domingo.
  •  5 de diciembre, domingo.
  •  8 de diciembre, miércoles.
  •  12 de diciembre, domingo.
  •  19 de diciembre, domingo.
  •  26 de diciembre, domingo.

Se establece la posibilidad de permuta de hasta dos de los domingos y festivos de apertura comercial autorizada para el año 2021, de acuerdo con lo siguiente:

  • En aplicación de lo establecido en el apartado 3 del artículo 19 del texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, todas las Corporaciones Locales de Andalucía, por acuerdo motivado del órgano correspondiente, podrán solicitar la permuta de hasta dos de los domingos y festivos habilitados en el calendario para 2021 por otros, en atención a las necesidades comerciales de su término municipal, conforme a los criterios establecidos en el apartado 4 del mencionado artículo 19.

  • Dicha solicitud de permuta se realizará a la Dirección General de Comercio de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad y se podrá presentar desde la fecha en la que surta efectos la presente orden hasta el 1 de noviembre de 2020.

  • Todas las solicitudes de permuta se resolverán, previa consulta al Consejo Andaluz de Comercio, mediante resolución de la persona titular de la citada Dirección General de Comercio. Las solicitudes estimadas se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con anterioridad al 1 de enero de 2021.

Puede obtener más información en la Orden de 27 de mayo de 2020, por la que se modifica la de 12 de julio de 2019, se establece el calendario de domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2021 y se faculta a los Ayuntamientos a solicitar la permuta de dos de esos días para el año 2021.