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Retenciones e ingresos a cuenta (Modelo 111)

Retenciones e ingresos a cuenta (Modelo 111)

Descripción


La retención o ingreso a cuenta es una obligación legal que nace a cargo de quien abona rentas sujetas al Impuesto de Sociedades. Las entidades sujetas al Impuesto de Sociedades van a estar frecuentemente obligadas a retener o ingresar a cuenta.

Están obligados a presentar el modelo 111 todas las personas y entidades obligadas a retener o ingresar a cuenta que satisfagan o abonen rentas, dinerarias o en especie, sujetas a retención o a ingreso a cuenta correspondientes a alguna de las siguientes clases:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos que sean contraprestación de las siguientes actividades económicas:
  • Actividades profesionales.
  • Actividades agrícolas y ganaderas.
  • Actividades forestales.
  • Las actividades empresariales en estimación objetiva previstas en el artículo 95.6.2.º del Reglamento del Impuesto.
  • Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual e industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, del subarrendamiento sobre los bienes anteriores y de la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen, a los cuales se
  • refiere el artículo 75.2.b) del Reglamento del Impuesto, cuando deriven de una actividad económica desarrollada por su perceptor.
  • Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias a que se refiere el artículo 75.2.c) del Reglamento del Impuesto.
  • Ganancias patrimoniales consistentes en percepciones obtenidas por los vecinos como consecuencia de los aprovechamientos forestales en montes públicos.
  • Contraprestaciones a que se refiere el artículo 92.8 de la Ley del Impuesto que sean consecuencia de cesiones de derechos de imagen a las que resulte de aplicación el régimen especial de imputación de rentas establecido en el citado artículo.


Destinatarios

Este trámite está disponible para:

  • Sociedades

Organismo


Agencia Tributaria



Periodicidad


Trimestral



Plazo activo




Incluido en DUE


No

Presentación telemática




Información previa


En los casos previstos en el artículo 75.3 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (Reglamento de IRPF) no existirá obligación de practicar retención o ingreso a cuenta, entre ellos destacan los siguientes:
  • Las rentas exentas excepto en el caso de dividendos y participaciones de beneficios exentas, dietas y gastos de viaje exceptuados de gravamen.
  • Los rendimientos de las Letras de Tesoro.
  • Las primas de conversión de obligaciones en acciones.
  • Los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos en determinados supuestos.


Cómo llevar a cabo el trámite


Requisitos técnicos para realizar el trámite online

  1. Se necesita certificado digital ¿Cómo obtenerlo?
  2. Recomendado instalar Autofirma ¿Cómo obtenerlo?. También se puede hacer con navegadores web y versión de java compatible.

Cómo realizar el trámite online

Acceda a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y seleccione la presentación del modelo 111. Al lado del enlace dispone de una página de ayuda.



Información adicional


https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/GH01.shtml

Acceso al trámite