Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)
Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)
Descripción
El Regimen de Autónomos es el régimen que regula la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos (empresarios individuales), comuneros y los socios y administradores de algunas sociedades.
El propio trabajador autónomo es responsable directo de cumplir la obligación de solicitar su alta, y en su caso, su afiliación. Subsidiariamente, responderá el trabajador autónomo con respecto a sus familiares colaboradores.
El Alta deberá comunicarse con carácter previo y dentro de los 60 días anteriores a la fecha de inicio de la actividad, inclusive.
Información previa
Están incluidos en este régimen:
- Trabajadores mayores de 18 años, que de forma habitual, personal y directa, realizan una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo. Sean españoles o extranjeros que ejerzan legalmente su actividad en territorio español.
- Cónyuge y familiares hasta el segundo grado inclusive por consanguinidad, afinidad y adopción que colaboren con el trabajador autónomo de forma personal, habitual y directa y no tengan la condición de asalariados.
- Los escritores de libros.
- Los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
- Profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia, que requiera la incorporación a un Colegio Profesional cuyo colectivo se haya integrado en el RETA.
- Comuneros o socios de comunidades de bienes que desarrollen una actividad por cuenta propia dentro de la entidad sin personalidad jurídica propia.
Documentación necesaria
- Documento identificativo del/de la solicitante
- Será imprescindible que el trabajador tenga asignado Número de Seguridad Social válido.
- Original y copia del permiso de trabajo o certificación de la excepción al citado permiso, en las altas de trabajadores de nacionalidad extranjera que precisen tal permiso de trabajo.
- Original y copia de cualquier documento o medio de prueba determinante de la procedencia del alta, baja o variación de datos solicitados
- Si se trata de un trabajador/a autónomo socio de una sociedad inscrita, o no, en la Seguridad Social, original y copia del documento de constitución de la sociedad, debidamente inscrita en el Registro que, en cada caso, corresponda; en el supuesto de componentes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, el contrato suscrito por los comuneros o socios.
Cómo llevar a cabo el trámite
Requisitos técnicos para realizar el trámite online
- Se necesita certificado digital ¿Cómo obtenerlo?
- Recomendado instalar Autofirma ¿Cómo obtenerlo?. También se puede hacer con navegadores web y versión de java compatible.
Cómo realizar el trámite online
Para realizar el trámite conéctese a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y seleccione el enlace Acceso directo a trámites: Certificado electrónico.
Puede consultar la Ayuda de Alta en el RETA
Información adicional
Información de la Seguridad Social sobre el régimen de trabajadores autónomos:
- http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10548/32825
- http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/32765/32774/32817