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Premios Andalucía del Comercio Interior

Premios Andalucía del Comercio Interior

Descripción


Los Premios Andalucía del Comercio Interior, regulados con la "Orden de 26 de diciembre de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los «Premios Andalucía del Comercio Interior» (B.O.J.A. n.º 2, de 3 de enero de 2018)”, tienen como objeto reconocer a quienes destaquen por su labor a favor del comercio de Andalucía.

Esto se hace a través de diferentes modalidades:

1. Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma, que se subdividirá en:

a) Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la labor realizada especialmente en los cascos históricos.

b) Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la labor realizada en materia de comercio ambulante.

2. Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza. Dentro de esta modalidad se distinguen dos categorías:

a) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza de hasta 10 personas trabajadoras.

b) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza de más de 10 personas trabajadoras.

3. Premio Andalucía del Comercio Interior a Centros Comerciales Abiertos.

4. Premio Andalucía del Comercio Interior a la persona trabajadora del sector comercial andaluz.

El objetivo de estos premios es contribuir al reconocimiento de las empresas en su labor de desarrollo comercial y modernización empresarial, así como la creación y mantenimiento de puestos de trabajo, a los Ayuntamientos por sus actuaciones de renovación urbana comercial del centro de las ciudades, y a las Asociaciones Comerciales en reconocimiento del asociacionismo comercial orientado a la promoción y el fomento de los Centros Comerciales Abiertos.

De acuerdo con el artículo 4.1 de la citada Orden, Los Premios Andalucía del Comercio Interior no irán acompañados de dotación económica alguna. Se concederán anualmente y podrán ser declarados desiertos en cualesquiera de sus modalidades. Asimismo, el artículo 7.1 establece que la convocatoria de las sucesivas ediciones de los Premios Andalucía del Comercio Interior se realizarán mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General de Comercio, que señalará el plazo de presentación de candidaturas.

 

Última edición 2020

Según Resolución de 13 de julio de 2020, de la Dirección General de Comercio, se convoca en 2020 la VI Edición de los Premios Andalucía del Comercio Interior.



Destinatarios

Este trámite está disponible para:

  • Sociedades
  • Autónomos
  • Asociaciones y organizaciones
  • Ayuntamientos

Organismo


Junta de Andalucía



Plazo activo


No



Incluido en DUE


No

Presentación telemática




Información previa


El órgano responsable en la materia, así como en la tramitación y resolución del procedimiento es la Dirección General de Comercio, adscrita a la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía.

Requisitos

1. Las candidaturas podrán presentarse directamente por las personas o entidades interesadas, o bien por organizaciones empresariales, corporaciones o entidades de derecho público, así como por organizaciones sindicales o de consumidores, con el correspondiente consentimiento de aquéllas.

2. Las candidaturas que se presenten al Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a.) Que su actividad principal esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas:

1.º Agrupación 61: Comercio al por mayor. Se exceptúan los Grupos 612.6 (únicamente en lo referente al comercio al por mayor de productos del tabaco), 614.1, 615.1, 616, 617.5, 617.6 y 617.7.

2.º Agrupación 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes. Se exceptúa el Grupo 646: Comercio al por menor de labores del tabaco y de artículos de fumador.

3.º Agrupación 65: Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes. Se exceptúan los Grupos 652.1, 654 y 655.

4.º Agrupación 66: Comercio mixto o integrado; comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos); comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos; comercio al por menor por correo y catálogo de productos diversos. Se exceptúan los Grupos 663, 664 y 665.

b.) Que no hayan sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente en los últimos tres años, a contar desde la fecha de presentación de las candidaturas.

c.) Que no hayan sido sancionadas por las Administraciones competentes por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia comercial o en materia de consumo, en sus respectivos ámbitos en los últimos tres años, a contar desde la fecha de presentación de las candidaturas.

d.) Que estén inscritas en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía.

3. Las candidaturas que se presenten al Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la labor realizada en materia de comercio ambulante deberán tener aprobadas sus Ordenanzas municipales conforme al artículo 8.3 del Texto Refundido de la Ley de Comercio Ambulante aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2012, de 1 de marzo.

4. Con carácter general, no podrán obtener la condición de beneficiarias aquéllas personas físicas o jurídicas que hubieran sido sancionadas por infracción grave o muy grave o condenadas por resolución administrativa o sentencia judicial firme por incumplimiento de las obligaciones sobre igualdad de trato y oportunidades; por decisiones discriminatorias por razón de sexo; por acoso sexual en el trabajo, así como las personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.



Documentación necesaria


Las solicitudes se ajustarán al formulario aprobado, donde deberá indicarse la modalidad de premio a la que se presenta la candidatura, acompañando la siguiente documentación:

1. Memoria técnica y documentos acreditativos de los méritos alegados. La Memoria técnica no podrá tener una extensión superior a 10 folios a una cara, y deberá contener una explicación de todos aquéllos aspectos que resulten valorables según la modalidad a la que se aspire, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10 a 13 de la Orden referida. Deberán respetarse obligatoriamente los modelos de memoria que figuran anejos a la Orden de 26 de diciembre de 2017 (Modelos disponibles en formato texto que puedes descargar en este enlace). No serán tenidos en cuenta ni serán objeto de valoración aquéllos aspectos que no hayan sido incluidos en la Memoria técnica, independientemente de que se haya aportado la documentación justificativa de los mismos.

2. Autorización expresa para la verificación de los datos de identidad de la persona candidata y/o proponente o, en su defecto, Documento Nacional de Identidad o Número de Identidad de Extranjero de ésta.

3. En su caso, Número de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.

4. En su caso, acreditación del poder de representación con el que actúa la persona representante de la entidad.

5. Si el solicitante fuese un Ayuntamiento, deberá acompañarse Certificado de la Secretaría acreditativo de la persona que ostente la Alcaldía o Presidencia.

6. En el supuesto de candidaturas al Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza:

  • Estatutos de la entidad, escrituras de constitución o documentación constitutiva, debidamente inscritos en el registro correspondiente.
  • Documentación acreditativa de que la empresa cuenta con establecimiento comercial en Andalucía.
  • Documentación acreditativa de estar dada de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la citada Orden.

7. En el supuesto de candidaturas al Premio Andalucía del Comercio Interior a la persona trabajadora perteneciente al sector comercial andaluz, deberá aportarse currículum vitae de la persona que concurra, así como documentación acreditativa de los extremos recogidos en el mismo.



Información adicional


Información del trámite en la web de la Junta de Andalucía



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Acceso al trámite