Zona de Gran Afluencia Turística

 

¿Qué es?

El Decreto 2/2014, de 14 de enero regula los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales.

Este decreto ha sido modificado por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía.

Según este último, se consideran zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, aquellas áreas coincidentes con la totalidad del municipio o parte del mismo en las que concurra alguno de los criterios establecidos a continuación, para todo el año o determinados ámbitos temporales.

Los establecimientos comerciales radicados en la zona de gran afluencia turística que se declare, a efectos de horarios comerciales, tendrán plena libertad para determinar los días y horas de apertura al público.

 

Declaración de Zonas de Gran Afluencia Turística, a efectos de Horarios Comerciales

 

Se podrá declarar, a propuesta de los Ayuntamientos como zona de gran afluencia turística, aquellas áreas coincidentes con la totalidad o parte del municipio, en las que concurra alguno de los criterios siguientes:

1. Presentar una concentración suficiente, cuantitativa o cualitativamente, de plazas en alojamientos y establecimientos turísticos o bien en el número de segundas residencias, respecto a las que constituyen residencia habitual, cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cuando, en los municipios de hasta 100.000 habitantes, el número de pernoctaciones diarias en media anual (pernoctaciones/365) en los establecimientos de alojamiento turístico reglados, de acuerdo con los datos oficiales elaborados por la Consejería competente en materia de turismo, sea superior al 5% de vecinos y vecinas del municipio, según las cifras del padrón municipal declaradas oficiales en el momento de la solicitud o que se alcance este porcentaje durante, al menos, tres meses al año, computándose para ello la media diaria mensual (pernoctaciones de cada mes/30).

b) Cuando, de acuerdo con los datos oficiales del último censo de edificios y viviendas, el número de viviendas de segunda residencia supere al de viviendas de residencia habitual del municipio, siempre que estas últimas sean más de quinientas.

c) Cuando el municipio haya sido declarado turístico de conformidad con su normativa reguladora.
Cuando la solicitud del Ayuntamiento contenga una limitación de carácter territorial o temporal, y se alegue el cumplimiento de alguna de las circunstancias anteriores, se valorará la concentración de establecimientos de alojamiento turístico reglados en relación con el conjunto del municipio o que la generación de residuos sólidos urbanos en el periodo solicitado sea superior en un 50% al resto de periodos no solicitados, tomando como referencia los datos del año inmediatamente anterior.

2. Haber sido declarada Patrimonio de la Humanidad o contener uno o varios bienes inmuebles de Interés cultural integrados en el patrimonio histórico artístico.

3. Limitar o constituir áreas de influencia de zonas fronterizas con el territorio de otro Estado.

4. Albergar la celebración de un gran evento deportivo o cultural, de carácter autonómico, estatal o internacional, calificado como tal por las autoridades deportivas o culturales.

5. Encontrarse en la proximidad de áreas portuarias en las que operen cruceros turísticos y registren una afluencia significativa de visitantes por haber recibido en el año inmediato anterior más de 300.000 pasajeros y pasajeras, de acuerdo con la información estadística de fuentes oficiales.

6. Constituir un área cuyo principal atractivo sea el turismo de compras.

7. Cuando concurran circunstancias especiales que así lo justifiquen, debiendo el Ayuntamiento acreditarlas objetivamente en su propuesta y contar con el informe de la Consejería competente por razón de la materia afectada por las circunstancias especiales alegadas.

Adicionalmente, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, modificado por el Decreto-Ley 2/2020, de 9 de marzo:

En los municipios con más de 100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior o que cuenten con puertos en los que operen cruceros turísticos que hayan recibido en el año inmediato anterior más de 400.000 pasajeros y pasajeras, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística conforme a lo previsto en los artículos 2 y 3.

 

Documentación a presentar

De acuerdo a lo establecido en el artículo 5 Decreto 2/2014, de 14 de enero,  modificado por el Decreto-Ley 2/2020, de 9 de marzo:

- La solicitud se dirigirá a la Delegación Territorial de la Junta de Andalucía competente en materia de comercio interior y deberá presentarse, conforme al modelo establecido en el Anexo de dicho Decreto.

Solicitud declaración de zona de gran afluencia turística con datos de carácter personal de representantes de personas jurídicas: Nombre y apellidos, teléfono, dirección, correo electrónico, D.N.I./N.I.F., que deberá expresar al menos al menos, para tomar esta decisión, las siguientes circunstancias:

a) El criterio o criterios que dan lugar a la solicitud de declaración en la zona o zonas afectadas en el municipio y en el periodo o periodos solicitados.

b) La intensidad de la afluencia turística en la zona o zonas y en el periodo o periodos solicitados.

c) La estructura comercial previsiblemente afectada por la declaración de zona de gran afluencia turística.

- La solictud deberá acompañarse de:

a) Certificado expedido por la persona que desempeñe las funciones de Secretaría del Ayuntamiento o persona funcionaria habilitada para ello, que acredite que la solicitud de declaración se ha acordado por el órgano de gobierno competente, con copia literal de la sesión en la que se acordó.

b) La documentación acreditativa o, en su caso, la declaración responsable de cumplir los requisitos que fundamenten la solicitud.

 

Renuncia a Declaración de Zonas de Gran Afluencia Turística, a efectos de Horarios Comerciales 

 
Los Ayuntamientos que hayan solicitado y obtenido la declaración de zona de gran afluencia turística podrán, a partir del segundo año de la vigencia de la misma, pueden presentar la renuncia a los efectos que produce, tras acuerdo al respecto del órgano municipal competente.
 

Información adicional

NOTICIAS
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La Junta extiende el distintivo 'Andalucía Segura' al comercio minorista

El sello, voluntario y gratuito, lo pueden solicitar las 94.000 empresas del sector, de las que dependen 108.450 tiendas


La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad ha puesto en marcha el distintivo gratuito y voluntario 'Andalucía Segura' aplicado al sector comercial minorista, con el fin de apoyar su reactivación económica tras la pandemia de Covid-19 y reconocer su capacidad de adaptación a las circunstancias excepcionales derivadas de la misma.

Esta actividad, en la que operan 94.000 empresas, de las que dependen 108.450 establecimientos, es uno de los motores de la economía regional que más se ha visto perjudicada por la crisis sanitaria.

'Andalucía Segura' tendrá una vigencia de un año y diferenciará a todas aquellas empresas andaluzas que "garanticen de manera responsable el cumplimiento de las medidas de seguridad sobre la Covid-19 dirigidas a controlar posibles contagios y reducir los riesgos de rebrote".

Con esta iniciativa se persigue "devolver la confianza a comerciantes, trabajadores y consumidores, proporcionando seguridad a la experiencia de compra, uno de los aspectos claves para favorecer la recuperación de la actividad comercial".

 

Medidas de apoyo al pequeño comercio

El sello 'Andalucía Segura' se integra en una batería de medidas de apoyo al pequeño comercio impulsada por el Ejecutivo autonómico para minimizar el impacto de la pandemia y favorecer su reactivación en el desconfinamiento.

En materia de ayudas, se ha realizo una linversión pública superior a 20 millones de euros a través de diferentes programas. El de mayor envergadura cuenta con una dotación de once millones para pymes comerciales y artesanas con el fin de potenciar la expansión del negocio, la transformación digital de su actividad, el relevo generacional, así como su recuperación tras la crisis sanitaria. 

Además, la Consejería de Economía lanzará en la segunda mitad del año una línea de ayudas por valor de 3,6 millones de euros para impulsar el uso de herramientas digitales en el pequeño comercio. 

Al conjunto de estas iniciativas hay que añadir, igualmente, el resto de medidas contenidas en el VI Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía, que cuenta con un presupuesto de 49 millones de euros.

Además de esta inyección directa la Junta ha puesto en marcha  la aplicación digital 'Andalucía, Comercio y Artesanía (ACÁ)', una plataforma que conectará mediante geolocalización la oferta comercial del barrio con las necesidades de los usuarios, y que se complementa con una campaña de promoción y la creación de un servicio de información comercial, a través del cual se han atendido ya más de 500 consultas.

Andalucía contará antes de final de año con una marca común para la promoción de su artesanía

Economía prepara la norma que regulará el uso del distintivo y que aunará la vinculación del sector al territorio, la cultura y al patrimonio, así como su esfuerzo por la innovación


La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad tiene previsto lanzar antes de final de año una marca única que identifique los productos realizados por el sector de la artesanía andaluza para impulsar su promoción y comercialización y para proteger y mantener el prestigio de esta actividad económica, los profesionales y sus obras. El departamento que dirige Rogelio Velasco ya está elaborando la Orden que regulará su uso por parte del tejido empresarial de la comunidad.

Bajo la denominación de 'Artesanía hecha en Andalucía', la marca deberá aunar los valores de este sector en la región, su vinculación al territorio, a la cultura y al patrimonio, así como su esfuerzo por la innovación en técnicas y procesos, siempre teniendo en cuenta la variedad de oficios y, por tanto, de productos artesanales existentes.

La nueva imagen podrá ser usada tanto por las empresas como por los profesionales inscritos en el Registro de Artesanos de Andalucía. También podrán exhibirla las asociaciones, federaciones y confederaciones de artesanos inscritas en el Registro exclusivamente para la promoción o comercialización; así como los establecimientos de venta de artesanía, siempre que cuenten como proveedores con un mínimo de tres talleres autorizados o que un 30% de sus productos expuestos para la venta provengan de ese tejido empresarial autorizado.

Este distintivo sólo podrá utilizarse de forma accesoria y no sustituirá, en ningún caso, a la marca del artesano o de la firma. Los beneficiarios que hayan obtenido la autorización deberán identificar sus talleres, sedes y puntos de venta, tanto fijos como temporales, con una placa que contenga la imagen y el logo. La Consejería de Economía desarrollará en esta Orden que actualmente se encuentra en elaboración toda la normativa correspondiente que regule los requisitos para su obtención y el procedimiento para su uso.

Esta medida irá acompañada de una estrategia publicitaria para su difusión. En ella se definirán los mercados y segmentos de público objetivo, los canales a emplear en cada caso para llegar a los mismos, los mensajes a transmitir con la imagen de marca y los soportes a emplear.

La creación de una marca propia de artesanía andaluza es una de las actuaciones contempladas en el III Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2019/2022, aprobado a finales de año. Este plan está dotado con más de 14 millones de euros.

7.000 empresas en el sector

Andalucía se ha consolidado en los últimos años como una de las principales comunidades españolas en el sector de la artesanía, ya que aglutina a unas 7.000 empresas, más del 18% de las firmas artesanas españolas, proporcionando empleo a casi 20.000 personas, lo que supone alrededor del 19% del empleo del sector artesanal en España, según datos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Este segmento tiene una gran relevancia en la región no sólo por su dimensión económica y social, sino también por su enraizamiento histórico-cultural y por la calidad artística que ha alcanzado buena parte de sus productos.

Andalucía cuenta con el mayor número de talleres artesanales de España, alrededor de 2.500, y con uno de los repertorios de oficios más extensos (159 catalogados). En la comunidad hay 59 maestras y maestros artesanos reconocidos y 26 profesionales con el sello de calidad, así como 49 puntos de interés artesanal y diez Zonas de Interés Artesanal declaradas, que engloban cerca de 196 talleres.

Economía lanza un boletín informativo con las principales estadísticas y noticias del comercio andaluz

El primer número de esta herramienta digital destaca el peso del sector en la economía regional, con una aportación del 12% del VAB, y desgrana las líneas de ayudas y actuaciones de la Junta para minimizar las consecuencias de la pandemia


La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad  refuerza la difusión de la información estadística y de actualidad disponible sobre el comercio andaluz con  la publicación  de un boletín estadístico relativo a este sector económico. El primer número de este instrumento de comunicación digital, que tendrá una periodicidad semestral, ya está disponible en la web de la Consejería.

Esta nueva herramienta aglutinará los principales datos económicos de dicha actividad, las últimas actuaciones de la Junta de Andalucía dirigidas a su promoción, así como otras informaciones de interés, opiniones y artículos de análisis de profesionales y expertos del sector. Se trata de un medio de difusión que no pretende ser un mero repositorio de cifras, sino ofrecer toda la actualidad de dicho segmento desde diversas perspectivas, con el fin de convertirse en el punto de referencia de todos los agentes económicos y sociales implicados y de ser un instrumento accesible y útil a la ciudadanía en general interesada en estos aspectos.

 

Un proyecto colaborativo

Este proyecto se ha puesto en marcha en colaboración con el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA) y constituye una de las actuaciones previstas en el VI Plan Integral de Fomento del Comercio Interior de Andalucía 2019-2022.

El consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, Rogelio Velasco, pone de manifiesto en el primer número del boletín que el comercio es uno de los  sectores con mayor impacto en la actividad económica de la comunidad, teniendo en cuenta que aporta más del 12% del Valor Añadido Bruto, emplea a más de medio millón de trabajadores y cuenta con casi 150.000 empresas, que suponen más del 30% del tejido productivo andaluz.

En la sección estadística de este número se recogen algunos apuntes sobre el peso del comercio minorista en las economías andaluza y española, una información que se complementa con datos sobre su evolución en los últimos meses, marcados por la crisis sanitaria del COVID-19. Entre ellos, destacan las cifras relativas a las ventas en grandes superficies, el empleo o la confianza empresarial.

 

Entrevista a Lorena Garrido, Directora General de Comercio 

Por otro lado, la directora general de Comercio, Lorena Garrido, analiza en una entrevista el impacto de la pandemia en la actividad y repasa las medidas que la Junta de Andalucía está tomando para hacer frente a las consecuencias económicas, entre las que destaca la línea de incentivos de once millones de euros dirigida a la modernización, transformación digital y a la reactivación de las pymes comerciales. La Consejería de Economía ha recibido un total de 6.478 solicitudes de empresas interesadas en optar a estos incentivos.

A esta medida se suman otras como la reciente apertura de otra convocatoria de ayudas, concretamente dirigida a fomentar el asociacionismo comercial y los Centros Comerciales Abiertos con una dotación de 2,5 millones de euros. También se han puesto en marcha la aplicación ‘ACÁ, Andalucía Comercio y Artesanía’, dirigida a conectar la oferta comercial de cada zona o municipio con las necesidades de los usuarios mediante geolocalización; una campaña publicitaria y de sensibilización a favor del comercio o el distintivo ‘Andalucía Segura’ para aquellos negocios que aseguran el cumplimiento de las medidas de prevención del COVID-19.

 

El boletín estadístico está disponible en la siguiente dirección: https://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Boletin-Comercio-N1.pdf